Bolivia: Con derecho a la identidad, pero sin derechos fundamentales

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Fuente: corresponsalesclave.org

Por: Marlene Caero Herbas

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia declaró como inconstitucional el parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, impidiendo de esta manera, a personas transexuales y transgénero ejercer sus “derechos fundamentales” como: el matrimonio, adopción de hijos, entre otros.

 

El día jueves 9 de noviembre, miembros de colectivos LGBTI y activistas recibieron con asombro la noticia del fallo del Tribunal Constitucional de Bolivia, cuya sentencia 0076/2017 declara como inconstitucional el parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género que hace referencia a: “ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales” de las personas a beneficiarse con esta Ley. Entendiéndose de esta manera que las personas transexuales y transgénero no podrán contraer matrimonio, adoptar hijos, acceder a cuotas en instancias de poder, incluso hasta se haría referencia al derecho a la salud, aspectos laborale, políticos y culturales.

La sentencia 0076/2017 declara como inconstitucional el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas trans.

De acuerdo a lo mencionado por el secretario general del TCP, Alvaro Llanos, dicha sentencia reconoce como constitucional el cambio de identidad de género, referido al nombre y la imagen de las personas, pero eso no conllevaría todos los derechos.

Dicha acción responde a un recurso de inconstitucionalidad presentado ante el TCP el 12 de octubre del 2016 por la “Plataforma por la Vida y la Familia” junto con los diputados, Horacio Poppe, Lenny Chavez y Grover Huanca contra los artículos 1, 3, 10, 11 y 12 de la Ley de Identidad de Género.

Tras conocerse el fallo, el diputado Horacio Poppe quién presentó la acción de inconstitucionalidad, mencionó a través de su cuenta de Facebook lo siguiente: “La familia en Bolivia está protegida. Acabamos de ser notificados por el Tribunal Constitucional con la sentencia que declara la inconstitucionalidad del parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género. En Bolivia NO SE PERMITIRÁ el matrimonio entre personas del mismo sexo y a la larga tampoco la adopción de niños por parte de parejas GLBT. Podrán cambiarse de Identidad, pero nunca contraer matrimonio. La familia está reservada para un hombre y una mujer, capaces de reproducirse y criar a su propia prole”.

Respecto al fallo, la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, manifestó, “Como presidenta de la Cámara de Diputados me parece un retroceso enorme en términos de derecho esa sentencia constitucional, en realidad lo que hace es limitar el ejercicio de derechos laborales, civiles y políticos, todos estos derechos son derechos que ejercen las personas de manera individual ¿a quién afecta el ejercicio del derecho de un ciudadano o de una ciudadana …? absolutamente a nadie. A mí me parece un terrible retroceso para el país en su conjunto, porque realmente esa ley, la ley de identidad de género no pretendía solamente que se legisle sobre un trámite para sacar un carné de identidad ¿para qué quiere una persona un carné de identidad que no le va a servir para ejercer sus derechos? (…) Además en el contenido de la sentencia encontramos un lenguaje que desde nuestro punto de vista es un lenguaje que pareciera de hace cinco siglos atrás; no puede ser que a estas alturas de la historia en nuestro país se pueda dar una situación de este tipo (…) Además de mencionar que realizará una revisión detallada y técnica de la sentencia.

Miembros del colectivo LGBTI se manifiestan contra el fallo.

La noticia movilizó inmediatamente a miembros de los colectivos LGBTI de Bolivia quienes se manifestaron en contra de la acción de inconstitucionalidad a través de los medios de comunicación y las redes sociales.

“Nos avergonzamos de que en Bolivia, siendo un país con altos índices de vulneración a los derechos, hoy en día se está dando muerte civil a las compañeras y los compañeros transexuales porque se les está quitando el derecho, sus derechos a tener una vida política, el derecho al estudio, al trabajo, a hacer cualquier tipo de cosas que probablemente cualquiera de nosotros lo tenemos, vamos a llegar a las instancias máximas internacionales, vamos a llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (…) ”, mencionó Alberto Moscoso, miembro de la Coalibol LGBT, además de señalar que iniciarán actividades para pedir el repudio de los fundamentalistas religiosos que hicieron la demanda de inconstitucionalidad a la ley.

Según miembros de los colectivos LGBTI del país, la prohibición de contraer matrimonio, que es un tema en el que la noticia se ha centrado bastante, es un problema de forma, puesto que esto va más allá, pues a partir del fallo se estarían cortando derechos fundamentales a los que cualquier persona debe tener acceso.

Luna logró contraer matrimonio después de promulgada la Ley de Identidad de Género. (Foto La Razón).

“Estoy muerto en vida, civilmente estoy muerto porque no puedo ejercer el derecho al trabajo, no puedo tener bienes gananciales, no puedo alquilar una habitación, todos los derechos que  cualquier otra persona puede disfrutar, a mí se me ven negados”, comentó César Javier.

“(…) si yo voy a inscribirme (a una universidad), no voy a tener ese derecho (a la educación) como persona trans; entonces, como personas trans en Bolivia ya no tenemos derechos, Bolivia ha retrocedido, es un país que ya no es el mismo de antes a partir de ayer porque es un país que viola los derechos humanos, sentimos vergüenza de tener un Tribunal Constitucional como el que tenemos”, dijo Chantal Cuellar, miembro de la red Trebol.

La RedLacTrans apoyó a sus compañeras de Bolivia con una carta firmada por su Coordinadora Regional, Marcela Romero, donde al final de misma se señala “Instamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a que revise urgentemente la sentencia de inconstitucionalidad del tribunal constitucional y que se lleven a cabo todas las medidas necesarias para que esta retrógrada sanción, producto de la influencia de movimientos anti derechos, no continúe avanzando”.

Mientras tanto, en Bolivia hay opiniones divididas, unos a favor y otras en contra de esta decisión. Y otros tantos con la gran duda que deja el fallo, donde se reconoce la Identidad de Género de las personas trans en el cambio de nombre de sus documentos, pero no así el ejercicio de sus derechos.

Actualización (14 de noviembre): El 11 de noviembre, las redes nacionales expresaron su repudio a la sentencia a través de un comunicado disponible aquí.

Datos:

21 de mayo del 2016. Promulgación de la Ley de Identidad de Género en Bolivia. Puede leer más aquí. http://www.corresponsalesclave.org/2016/05/ley-de-identidad-de-genero-en-bolivia-%E2%80%9Cvolvimos-a-nacer%E2%80%9D.html

1 de agosto del 2016. Se inician trámites para cambio de nombre de personas transexuales y transgenero. Puede leer más aquí. http://www.corresponsalesclave.org/2016/08/volviendo-a-nacer.html

12 de octubre del 2016, Miembros de la Plataforma por la Vida y la Familia y Diputados presentan ante el TCP recurso de inconstitucionalidad de la Ley de Identidad de Género

Foto de la Miniatura: ilustración de Abelcor.

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